17 de enero de 2011

Mujeres y Derecho a la Consulta - Boletín N° 04

Foto: Mujeres de Sipakapa-Guatemala
                                    
Agosto 2010

Las dos últimas décadas en América Latina, se ha caracterizado por una expansión de la frontera minera y una mayor presencia de diversas empresas transnacionales, esta expansión coincide con la demanda de materia prima del mercado mundial y las altas cotizaciones de los diversos minerales en las bolsas internacionales.

La mayor presencia de capitales extranjeros interesados en la industria extractiva, ha generado a su vez una mayor presión sobre los Estados, que bajo el lema de la “inversión” deben ofrecer diversas facilidades impositivas, flexibilizar normas ambientales o laborales; además de permitir la expansión de la minería en regiones de alta biodiversidad o cabeceras de cuenca ignorando o desplazando a cientos de comunidades campesinas e indígenas.

Se ha hecho bastante referencia sobre la perversa relación existente entre territorios indígenas y recursos naturales, casi en todos nuestros países, los recursos mineros se encuentran bajo suelos y territorios indígenas, precisamente por este hecho en 1989 la Organización Internacional del Trabajo (OIT) realiza el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes; que reconoce derechos colectivos de los pueblos indígenas. Uno de los elementos centrales de este Convenio es el Derecho a la Consulta. Diez años más tarde, el 2009 la Corte Constitucional de Guatemala, reconoce que la Consulta es un derecho humano, y su ejercicio permite el disfrute de otros derechos a los pueblos indígenas, de la misma manera la Declaración de las Naciones Unidas para los Pueblos Indígenas hace mención sobre este tema.